viernes, 28 de enero de 2022

FICHAS Y REGLAMENTO DE SELECCION Y DESIGNACION DE MAESTRAS Y MAESTROS, ADMINISTRATIVO GESTION 2022

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FICHAS Y REGLAMENTO DE SELECCION Y DESIGNACION DE MAESTRAS Y MAESTROS, ADMINISTRATIVO 

DEL SUBSISTEMA DE EDUCACION REGULAR Y SUBSISTEMA DE EDUCACION ALTERNATIVA Y ESPECIAL



VISTOS Y CONSIDERANDO

Que los Parágrafos I y II del Artículo 77 de la Constitución Política del Estado señalan que la Educación constituye una función suprema y primera responsabilidad financiera del Estado, que tiene la obligación indeclinable de sostenerla, garantizarla y gestionarla y que el Estado y la sociedad tienen tuición plena sobre el sistema educativo, que comprende la educación regular, la alternativa y especial, y la educación superior de formación profesional. El sistema educativo desarrolla sus procesos sobre la base de criterios de armonía y coordinación.
Que el Artículo 232 del Texto Constitucional determina que la administración pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados.
Que el Numeral VII del Artículo 2 de la Ley N° 070 de 20 de diciembre de 2010, de la Educación "Avelino Siñani - Elizardo Perez", señala que el reglamento del escalafón nacional del servicio de educación, es el instrumento normativo de vigencia plena que garantiza la carrera docente, administrativa y de servicio del Sistema Educativo Plurinacional.
Que el Artículo 8 de la Ley N° 070 de 20 de diciembre de 2010, de la Educación "Avelino Siñani - Elizardo Perez", establece la estructura del Sistema Educativo Plurinacional, comprendiendo a los Subsistemas de Educación Regular; Alternativa y Especial; y Superior de Formación Profesional.
Que el Artículo 16 de la Ley N° 070 de 20 de diciembre de 2010, de la Educación "Avelino Siñani - Elizardo Perez", señala que la Educación Alternativa y Especial, señala que está destinada a atender necesidades y expectativas educativas de personas. familias, comunidades y organizaciones que requieren dar continuidad a sus estudios o que precisan formación permanente en y para la vida, se desarrolla en el marco de los enfoques de la Educación Popular y Comunitaria, Educación Inclusiva y Educación a lo largo de la vida, priorizando a la población en situación de exclusión, marginación o discriminación y que la Educación Alternativa y Especial es intracultural. intercultural y plurilingüe.
Que el Artículo 72 de la precitada ley de la Educación "Avelino Siñani - Elizardo Perez" indica que el Estado Plurinacional, a través del Ministerio de Educación, ejerce tuición sobre la administración y gestión del Sistema Educativo Plurinacional.
Que el Artículo 1 del Reglamento del Escalafón Nacional del Servicio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 04688 de 18 de julio de 1957, determina que el Escalafón Nacional del Servicio de Educación es el registro sistemático, permanente y centralizado, de los datos personales y profesionales referentes a los maestros y funcionarios de servicio educativo.
Que el Artículo 2 del precitado reglamento señala que son finalidades del Escalafón Nacional del Servicio de Educación: Regula el ingreso y garantiza la continuidad de los maestros y funcionarios del ramo, establecer la Escala de Categoría y la Escala Jerárquica para el desarrollo de la carrera docente y de la administrativa, determina las normas que rigen las promociones de categoría y los ascensos jerárquicos, valora y recompensa la antigüedad y los méritos de los maestros y funcionarios, y estimular su mejor preparación para el eficiente servicio del sistema educativo.
Que el Decreto Supremo N° 29894 de 7 de febrero de 2009, de Organización del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, en su Artículo 14, establece las atribuciones y obligaciones de las Ministras y Ministros del Órgano Ejecutivo, entre ellas, emitir Resoluciones Ministeriales.

CONSIDERANDO II

Que el Informe Técnico Legal INNEAE N° 0002/2022 de 17 de enero de 2022, emitido por el Profesional en Análisis Jurídico dependiente del Viceministerio de Educación Regular y el Profesional V en Educación a Distancia de Personas Jóvenes y Adultas dependiente del Viceministerio de Educación Alternativa y Especial, concluyen que los procesos de selección y designación de maestras y maestros, personal administrativo y de Servicio de a Unidades y Centros Educativos Fiscales y de Convenio, deben sujetarse a una normativa específica, emitida por el Ministerio de Educación, se debe tener convocatorias públicas y transparentes de selección y designación de maestras y maestros, personal administrativo y de servicio para las Unidades y Centros Educativos fiscales y de convenio de los Subsistemas de Educación Regular y Educación Alternativa y Especial, para la designación de acefalias e ítems de nueva creación; El Reglamento fue elaborado en concordancia con el Reglamento de Escalafón Nacional del Servicio de Educación, para garantizar la licitud del mismo, el documento fue consensuado con la Confederación de Maestros de Educación Rural de Bolivia - CONMERB y la Confederación de Trabajadores de Educación Urbana de Bolivia — CEUTB. Se recomienda derogar la Resolución Ministerial N° 0051/2021 de 27 de enero de 2021 y la Resolución Ministerial N° 0533/2021 de 10 de septiembre de 2021.

CONSIDERANDO III

Que el Numeral 22 del Artículo 14 del Decreto Supremo N° 29894 de 07 de febrero de 2009, que aprueba la Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo, establece que las Ministras y los Ministros del Órgano Ejecutivo, en el marco de las competencias asignadas al nivel central del Estado en la Constitución Política del Estado tienen entre sus atribuciones, emitir Resoluciones Ministeriales, así como Bi-Ministeriales y Multi-Ministeriales en coordinación con los Ministros que correspondan, en el marco de sus competencias.















TAMBIEN PUEDE DESCARGAR LA FICHA DE SELECCION Y DESIGNACION QUE NECESITE



AMBITO DE EDUCACION ALTERNATIVA


AMBITO DE EDUCACION ESPECIAL


PERSONAL ADMINSITRATIVO Y DE SERVICIO DE UE-CEA-CEE


SUBSISEMA DE EDUCACION REGULAR

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