miércoles, 10 de noviembre de 2021

INSTRUCTIVO IT/DGAA/EBJP No. 0016/2021 DEL BONO JUANCITO PINTO GESTION 2021 REQUISITOS

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INSTRUCTIVO IT/DGAA/EBJP No. 0016/2021 DEL BONO JUANCITO PINTO GESTION 2021



INSTRUCTIVO
IT/DGAA/EBJP No. 0016/2021

De:        Bartolomé Puma Velásquez
              VICEMINISTRO DE EDUCACIÓN REGULAR

               Sandra Cristina Cruz Nina
               VICEMINISTRA DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA Y ESPECIAL

A:         DIRECTORAS(ES) DEPARTAMENTALES DE EDUCACIÓN
                DIRECTORAS(ES) DISTRITALES DE EDUCACIÓN
                DIRECTORAS(ES) DE UNIDADES EDUCATIVAS Y CENTROS DE EDUCACIÓN         ESPECIAL

REF.:        ENTREGA DEL BONO JUANCITO PINTO GESTIÓN 2021

FECHA:    La Paz, 10 de noviembre de 2021




De mi consideración:

En cumplimiento del Decreto Supremo N' 4606, de fecha 27 de octubre de 2021, mismo que en su Artículo 3 establece que el Ministerio de Educación es responsable de la entrega del Bono "Juancito Pinto" para la gestión 2021, a través de la Unidad Ejecutora del Bono Juancito Pinto, para lo cual emitirá reglamentación especifica.

Asimismo, la Resolución Ministerial N° 0656/2021 de fecha 03 de noviembre 2021, que aprueba el reglamento de entrega en el que establece en su Artículo 7 que el periodo de

entrega del Bono "Juancito Pinto para la gestión 2021, será determinado por la Máxima Autoridad Ejecutiva del Ministerio de Educación.

En ese entendido, el inicio de la entrega del Bono Juancito Pinto, se realizará a partir del 11 de noviembre de 2021, para lo cual las Direcciones Departamentales de Educación, a través de las Direcciones Distritales, Unidades Educativas y Centros de Educación Especial, son responsables de la difusión y socialización del presente instructivo.

REQUISITOS PARA LA ENTREGA DEL BONO "JUANCITO PINTO" GESTIÓN 2021:

a) El Tutor Designado de los estudiantes beneficiarios para recibir el Bono, deberá presentar a las Entidades Financieras: Original y (una) 1 fotocopia simple de la Cédula de Identidad del Tutor Designado que se encuentre asignado al beneficiario en la Base de Datos del Ministerio de Educación.

b) Los estudiantes mayores de 18 años podrán recibir el bono personalmente siempre que estén registrados corno su propio Tutor Designado, presentando a las Entidades del Sistema Financiero, el original y (una) 1 fotocopia simple de la Cédula de Identidad.

c) En caso de que el Tutor Designado sea de nacionalidad extranjera, deberá presentar a las Entidades del Sistema Financiero el original y (una) 1 fotocopia simple de la Cédula de Identidad de Extranjero (C/E).

Las Cédulas de Identidad referidas en el presente Artículo deberán cumplir lo establecido por el Servicio General de Identificación Personal (SEGIP).

Con este motivo saludamos a ustedes atentamente.






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